Contratos de obra ¿valen la pena?

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Hace ya algún tiempo como parte de mis actividades profesionales “freelance”, tuve oportunidad de que un cliente nuevo me ofreciera retomar un proyecto que se inició y no concluyo; básicamente por diferencias de criterios entre el cliente y su anterior profesional de Arquitectura. La verdad (y sé que gran parte de los colegas estarán de acuerdo conmigo), dentro de la vida profesional como independiente, pocas veces existe una verdadera evaluación del costo-beneficio de retomar proyectos que por alguna razón terminaron en negociaciones negativas ¿Quién dice “no” a un cliente nuevo?

Es una máxima de todo profesional cuidar a sus clientes, ofrecer el mejor diseño, soluciones al mejor costo, pero aún más, conseguir nuevos clientes y que se transformen en permanentes. Pues bien, arrancamos el proyecto elaborando la cotización y poniendo sobre la mesa los alcances que incluía nuestra propuesta económica, desde la descripción pormenorizada de los preliminares hasta el servicio postventa que incluía nuestros servicios, pero sin cuidar las formalidades de un contrato de servicios. En fin, la propuesta se aceptó.

Iniciamos emocionados como en todos los proyectos y con la expectativa clara, “dejar satisfecho al cliente con el nivel de servicio que nos caracterizaba”; pero la situación tomó otro rumbo.

Concluimos el proyecto… digamos bien, se cumplieron con los acuerdos, pero no se repitió una nueva contratación. ¿Qué paso?, pues el cliente tenía una idea muy definida y casi inamovible de lo que quería; al no existir un contrato, todo lo trabajamos con negociaciones cordiales en buenos términos. El aprendizaje fue, nunca más volveríamos a trabajar sin un contrato.

La construcción en sus diferentes campos de actuación es una profesión que exige un alto sentido ético, un marco teórico-conceptual que se ve realizado a través de las propuestas que llegan a papel y posteriormente a concreto y varilla, pero que al final, debe elevarse a un¿¿ contrato formal y evitar malos entendidos. Es decir, cuando se lleva a cabo una construcción, es importante definir por escrito y de manera explícita los derechos, responsabilidades y obligaciones de los involucrados. La forma legal para hacerlo es a través de contratos de obra.

Por definición, un contrato es un acuerdo de voluntades entre dos partes para ejecutar o dejar de hacer ciertas cosas de común acuerdo, y esto es justamente el mejor punto de partida para la correcta ejecución de todo proyecto. Así entonces, quedan claros temas como el presupuesto de obra, el control de costos e incluso eventuales reclamaciones y diferencias. Empero, que no se piense que por ser una obra menor no debería existir contrato, por el contrario, es totalmente recomendable que se elabore un documento formal; cuanto más para obras y proyectos mayores.  

Ahora bien, en la industria de la construcción, podemos encontrar diferentes modalidades de contratos, si bien dependerá de las necesidades del cliente, es importante también destacar que el tipo y definición de contrato puede variar de región en región; siendo los más comunes: a precio unitario, a precio alzado, por administración, por tiempo determinado, por partida presupuestaria, llave en mano y máximo garantizado.

En mi experiencia, el tipo de contrato más utilizado es a precio unitario. Este tipo de contrato se hace a partir de precios unitarios para cada concepto, incluyendo mano de obra, materiales, costos directos e indirectos, cantidades según las unidades de medida aplicables, describiendo todos los trabajos a ejecutar.

El segundo tipo más usado, principalmente en obra pública, es el contrato por precio alzado. En este se acuerda un costo adelantado que en estricta teoría no podrá variar en caso de que suba el precio de materiales o de mano de obra. Es cierto que el costo podría llegar a modificarse si se generan cambios importantes sobre el proyecto original (órdenes de cambio).

El tercer tipo de contrato de obra es por administración. En este el constructor ciertamente asume el menor riesgo, porque las variaciones de precios recaen sobre el cliente, quien pagará los costos y gastos derivados de la obra.  

Mi consejo es asesorarse de los profesionales en la materia, es seguro que en el desarrollo de la profesión te enfrentarás a la creación y aceptación de diversos contratos y que mejor que tener seguridad de lo que se acepta y firma. Si tienes dudas sobre un contrato de obra o cualquier otro acuerdo, es recomendable que busques asesoría legal para comprender todos los términos de lo que se está firmando incluyendo las obligaciones legales que se estén adquiriendo.

El punto es tener relaciones largas y duraderas con nuestros clientes a través de ofrecer y de tener la seguridad que se trabaja con transparencia; que se cuenta con elementos claros de alcances y costo. Tener un contrato te puede evitar muchos problemas en los meses posteriores. Un contrato hará que tanto el cliente, como tú, se sientan más seguros al trabajar de la mano… en sinergia.

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